Como expertos en asesoría laboral en San Blas, Madrid, en esta ocasión quedemos dedicar este espacio en nuestro blog a tratar un tema tan importante como lo es la protección legal de la mujer embarazada.
La discriminación que durante años han sufrido las mujeres en el ámbito laboral por el mejor hecho de ser madres, ha obligado a los legisladores a adoptar una serie de medidas que garanticen que una mujer no va a perder su empleo por el único motivo de haberse quedado embarazada.
Una cuestión que se nos suele plantear comúnmente en nuestra asesoría laboral en San Blas, Madrid es, si la mujer está obligada a comunicar su embarazo a la empresa. Sobre este tema la normativa establece que no existe tal obligación. Sin embargo, la especial protección a la mujer embarazada que otorga nuestro ordenamiento jurídico se aplica desde el momento en que se produce el embarazo.
La legislación española establece que será nulo todo despido basado en una causa discriminatoria, estableciéndose expresamente en la Ley de Igualdad y de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, la nulidad de los despidos llevados a cabo durante la etapa de embarazo o de lactancia natural.
Además de la protección frente al despido injustificado y discriminatorio, se reconoce el derecho de la mujer a ser cambiada de puesto de trabajo durante el tiempo de embarazo si realiza alguna actividad laboral que pueda poner en riesgo su salud o la salud de su hijo.
Tras el parto existe un período de baja de 16 semanas, pero la trabajadora puede entrar en período de incapacidad temporal antes de haber dado a luz. Este período de baja no afecta en nada a la duración del permiso de maternidad, que seguirá siendo en todo caso de 16 semanas.
En Gestored Consulting, S.L. estamos a tu disposición para resolver todas las dudas que tengas sobre maternidad y empleo.