Los servicios de cualquier bufete de abogados en Ciudad Lineal de Madrid ofrecen asesoramiento en materia de despidos. Conocer todos los detalles relativos a la normativa legal que los regula ayuda al trabajador a asumir su situación fiscal y al empresario a actuar dentro de la legalidad. En esta nueva entrada queremos hablarte sobre los tipos de despido y las cuestiones más importantes relativas a cada uno de ellos.
En contra de la creencia popular, y como cada día comprueba todo bufete de abogados en Ciudad Lineal de Madrid, solo existen tres tipos de despido: el disciplinario, el objetivo y el colectivo. Luego estos pueden ser procedentes, improcedentes o nulos. No son un tipo, sino una calificación de cada uno de ellos.
El despido disciplinario se produce cuando el empresario decide prescindir de un trabajador ante los reiterados incumplimientos, ampliados en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, en su actitud laboral o con sus compañeros. En este caso se realiza por escrito y no se exige al empresario que preavise al trabajador.
El despido objetivo tiene que ver con la extinción del contrato por razones económicas, técnicas, de producción u organizativas de la empresa. Si se aplica, debe hacerse por escrito y con un preaviso de 15 días. Además, el trabajador cobrará 20 días de sueldo por cada año trabajado, pero con un límite máximo de 12 meses.
El despido colectivo, o ERE, tiene lugar cuando un empresario rescinde los contratos de un porcentaje de su plantilla, el cual está determinado en la normativa vigente. En este caso, el derecho de indemnización es el mismo que para el despido objetivo.
Cualquier trabajador inconforme con su despido puede presentar, en el plazo de 20 días, una demanda. Para ello es aconsejable contratar un abogado especializado en derecho laboral, como los que puedes encontrar en Gestored Consulting.